Corte Constitucional prohibió los toros coleados, corridas de toros y peleas de gallos

0
321

La Corte Constitucional de forma unánime dejó en firme la Ley 2385 de 2924, que busca una transformación cultural mediante la prohibición de corridas de toros, rejoneo, novilladas, ve cerradas y tientas en todo el territorio colombiano.

Además, en este estudio la Corte determinó que también quedan prohibidas todas las actividades sobre los toros coleados, las corralejas y peleas de gallos, en ese sentido declaró exequible el parágrafo 4 del artículo 3 de la Ley 2385 que los excluía de dicha norma.

La decisión, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero,se basó en el mandato de protección y bienestar animal consagrado en la Constitución Nacional.

Cabe resaltar que para mitigar el impacto de esta decisión, la Corte difirió los efectos de esta prohibición por un periodo de tres años. Este plazo tiene como objetivo permitir que se inicien los procesos de reestructuración laboral y cultural correspondientes a estas actividades.

Para llegar a esta decisión la Corte examinó el impacto fiscal de la ley, así como su relación con la protección de la diversidad cultural, el patrimonio cultural de la Nación, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de expresión, los derechos adquiridos y la propiedad privada.