domingo, abril 19, 2026

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Golpe a la transhumancia electoral en el Guaviare

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GOLPE A LA TRANSHUMANCIA ELECTORAL EN EL GUAVIARE.
TUTELA PONE ORDEN AL TRASTEO DE VOTOS.

REPÚBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL META

Villavicencio, tres (3) de marzo de dos mil veintiséis (2026)

S A L A D E D E C I S I Ó N No. 3
REFERENCIA: ACCIÓN DE TUTELA

DEMANDANTE: Amparo Sánchez Heredia, en calidad de
representante legal de la Asociación Red de
Mujeres Vereda la Y (ASOYERURAL)

DEMANDADO: CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE),
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL
ESTADO CIVIL
VINCULADOS: DELEGACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA
REGISTRADURÍA EN EL GUAVIARE,
DELEGACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA
REGISTRADURÍA EN EL META,
CANDIDATOS INSCRITOS EN LA
CIRCUNSCRIPCIÓN TRANSITORIA
ESPECIAL DE PAZ NRO. 7 (CITREP 7)
EXPEDIENTE: 50001-23-33-000-2026-00083-00
SENTENCIA: No. TAM004 26-03-18
MAGISTRADO PONENTE: CARLOS ENRIQUE ARDILA OBANDO (E)1

Resuelve este Tribunal la acción de tutela instaurada por Amparo Sánchez Heredia, en calidad de representante legal de la Asociación Red de Mujeres
Vereda la Y (ASOYERURAL), en contra del Consejo Nacional Electoral (CNE)
y la Registraduría Nacional del Estado Civil, por la presunta vulneración a
sus derechos fundamentales a la participación política, igualdad material,
debido proceso electoral y derechos de las víctimas.

RESUELVE:

PRIMERO: AMPARAR los derechos fundamentales al debido proceso
electoral, a la participación política, a la igualdad y a los derechos de las
víctimas representados por la Asociación Red de Mujeres Rurales Vereda la
Y (ASOYERURAL), conforme lo expuesto en la parte motiva de esta
providencia.
SEGUNDO: ORDENAR al Consejo Nacional Electoral (CNE), para que en el
término de dos (2) días, siguientes a la notificación de esta providencia,
profiera decisión de fondo en el proceso administrativo que adelanta por la
presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en la
Circunscripción Transitoria Especial de Paz nro. 7 (CITREP 7), al cual se dio
apertura a través del Auto-MMA-136-2025 del 29 de octubre de 2025106
,
esto, atendiendo cada una de las etapas dispuestas en la Resolución 7671
de 2021.
No obstante, si por la proximidad de los comicios (8 de marzo de 2026), las
etapas y términos previstos en la Resolución 7671 de 2021 finalizan con
posterioridad a las elecciones, el Consejo Nacional Electoral (CNE), en todo
caso, deberá culminar el procedimiento administrativo de inscripción
irregular de cédulas de ciudadanía en la Circunscripción Transitoria
Especial de Paz nro 7 (CITREP 7) a pesar de ello y publicar, de manera
106 005Auto137de2025.pdf, carpeta OneDrive_1_24-2-2026, anexo 036CONTESTACION.pdf
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL META
ACCIÓN DE TUTELA 50001-23-33-000-2026-00083-00
Accionante: Asociación Red de Mujeres Rurales Vereda La Y (ASOYERURAL); Accionados: CNE y otros
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inmediata, las decisiones que emita dentro dicho procedimiento en un
espacio visible de su página web.
Igualmente, Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá de manera inmediata
remitir las decisiones que emita dentro del procedimiento administrativo de
inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en la Circunscripción
Transitoria Especial de Paz nro. 7 (CITREP 7) a la Registraduría Nacional
del Estado Civil, para que esa entidad las publique y proceda de
conformidad
TERCERO: ORDENAR a la Procuraduría General de la Nación la
verificación del cumplimiento de las órdenes dadas en esta sentencia de
tutela.
CUARTO: NEGAR la coadyuvancia presentada por Yasmín Mayerly López
Carrillo, en calidad de representante legal de la Asociación de Víctimas y
Población Vulnerable La Libertad Guaviare, conforme lo expuesto en la parte
motiva de esta providencia.
QUINTO: NOTIFICAR a las partes y demás intervinientes por el medio más
expedito, conforme lo dispone el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.
SEXTO: Si este fallo no fuere impugnado, envíese el expediente a la Corte
Constitucional para su eventual revisión, en virtud de lo ordenado en el
artículo 32 del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Estudiado y aprobado virtualmente en Sala de Decisión No. 3 de la fecha,
mediante Acta 015.
Firmado Por:
Carlos Enrique Ardila Obando
Magistrado
Mixto 002
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL META
ACCIÓN DE TUTELA 50001-23-33-000-2026-00083-00
Accionante: Asociación Red de Mujeres Rurales Vereda La Y (ASOYERURAL); Accionados: CNE y otros
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Tribunal Administrativo De Villavicencio – Meta
Teresa De Jesus Herrera Andrade
Magistrado Tribunal O Consejo Seccional
Contencioso 001 Administrativa
Tribunal Administrativo De Villavicencio – Meta
Nohra Eugenia Galeano Parra
Magistrada
Mixto
Tribunal Administrativo De Villavicencio – Meta

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