Concejo de Villavicencio aprobó declaratoria de utilidad pública y autorización para adquirir 1.2 hectáreas para vivienda.

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El Concejo de Villavicencio aprobó la declaratoria de la existencia de motivos de utilidad pública e intereses social sobre el bien inmueble denominado Villa Alejandra  ubicado en la Vereda Caños Negros y la autorización al Alcalde Municipal para que adquiera el dominio de este bien inmueble, necesario para la ejecución y desarrollo de los proyectos de vivienda de Interés Social -VIS- e Interés Prioritario -VIP que contribuirán a solventar el déficit cuantitativo y cualitativo de vivienda en el Municipio de Villavicencio.

De acuerdo con las cifras  contenidas en el Plan de Desarrollo Municipal “Villavicencio cambia contigo 2020-2023” el déficit cuantitativo para Villavicencio se encuentra en el 15,86% al igual que se presenta un déficit cualitativo de 63,72%, ambos por encima de la media nacional que es del 9,3% en déficit cuantitativo y 25,26% en déficit cualitativo, lo que pone de presente la necesidad urgente y manifiesta de que se tomen decisiones gubernamentales urgentes y efectivas en pro de lograr disminuir estas cifras, y así poder mejorar las condiciones de habitabilidad y por ende la  calidad de vida de un buen número de habitantes de nuestra ciudad.

Uno de los factores determinantes para el desarrollo de vivienda es la gestión del suelo, bien que está fundamentado en el principio de función social de la propiedad, en la ciudad representa una de las variables relevantes al momento de constituir política pública de vivienda y estas 1.2 hectáreas que harán parte del banco de tierras del municipio, son un soporte fundamental para poder iniciar los grandes proyectos de vivienda de esta administración.

David Fernando Barbosa Posada concejal ponente manifestó que, la declaratoria de utilidad pública e interés social es un atributo que se refiere a los motivos o fines que tienen tanto la nación como las entidades territoriales y demás entidades enumeradas en el artículo 59 de la Ley 388 de 1997, para adelantar planes, programas y proyectos que beneficien a la colectividad, dando prevalencia al interés general sobre el particular y en este caso se cumple con la normatividad vigente.