Garantizar el registro y movilización legal de madera, otra prioridad del ICA

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El ICA estableció requisitos y procedimientos para el registro de plantaciones forestales comerciales y la expedición de certificados de movilización de productos de transformación primaria obtenidos de las plantaciones registradas, con el fin de fortalecer la sanidad forestal y garantizar la legalidad de los cultivos forestales que se registren ante el Instituto.

Lo anterior en cumplimiento del Decreto 2398 de 2019 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Las disposiciones establecidas en la presente resolución son aplicables a toda persona natural o jurídica o patrimonio autónomo que pretenda cosechar cultivos o plantaciones forestales con fines comerciales; Sistemas agroforestales, SAF,  Plantaciones forestales con recursos del Certificado de Incentivo Forestal, CIF, así como barreras rompevientos o cercas vivas ubicadas en el ámbito rural hasta la frontera agrícola del territorio nacional.

En  el Artículo 4 de la presente Resolución encuentra los requisitos para el registro de plantaciones forestales comerciales o comuníquese al correo: registros.forestales@ica.gov.co

El registro de plantaciones forestales comerciales, ante el ICA no otorga ningún tipo de derecho para el aprovechamiento y movilización de productos forestales primarios o secundarios provenientes de bosques naturales, así como ecosistemas estratégicos, páramos, manglares, humedales, rondas hídricas, coberturas vegetales naturales secas y en general que tengan restricción ambiental, establecidas por el Ministerio de Ambiente, las autoridades ambientales, los municipios o cualquier otra autoridad con competencia en el tema.