Normas de orden público para las elecciones territoriales

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Con la firma del decreto 1702 de 2023 se fijaron las normas de orden público para las elecciones del próximo 29 de octubre. Según autoridades, tras la implementación de la Ley seca, queda prohibida la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 6 p. m., del 28 de octubre, hasta las 6 a. m., del 30.

También se suspende el permiso de porte de armas desde las 6 a. m. del 28 de octubre hasta las 6 a. m. del 30. Frente a la posibilidad de que haya toque de queda, quedó estipulado que este podrán decretarlo los alcaldes “con el objetivo de prevenir posibles alteraciones del orden público”.

Se ordena “el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, durante el lapso comprendido entre las 6 p. m., del 28 de octubre de 2023 hasta las 4 p. m., del 29 de octubre de 2023”. Y se aclara que únicamente los medios de comunicación podrán hacer uso de dispositivos electrónicos como celulares y cámaras en los puestos de votación.

Tal cual lo estipula el Código Electoral, cualquier manifestación de carácter político en espacios públicos quedan prohibidas desde este lunes 23. Mediante el decreto 1702 se recuerda también que la Policía podrá decomisar cualquier propaganda política que sea llevada a los puestos de votación.

Además, se estipula que “los programas, mensajes, entrevistas o ruedas de prensa que se transmitan con candidatos y dirigentes políticos, así como la propaganda electoral, deberán realizarse dentro de los parámetros del respeto a la honra, el buen nombre y a la intimidad de los demás aspirantes y de las personas en general, de manera que en ningún momento perturben el desarrollo normal del debate electoral o alteren el orden público”.