Deudores morosos de Cormacarena tendrán descuentos

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El artículo 356 de la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016, establece que hasta el 29 de octubre de 2017, quienes tengan obligaciones con Cormacarena podrán solicitar una condición especial de pago. Para esto es necesario que la mora por este tipo de obligaciones corresponda a los años gravables 2014 y anteriores.

La corporación, invita a los contribuyentes o responsables de los impuestos y tasas,  que se encuentren en mora correspondiente a la vigencia 2014 y años gravables anteriores, para que lo hagan de manera inmediata.

¿Cuáles son las condiciones especiales de pago? 

Si se produce el pago total de la obligación principal  hasta el 31 de mayo de 2017, los intereses  se reducirán en un sesenta  (60%).

Si se produce el pago total de la obligación principal después del 31 de mayo y hasta la vigencia de la condición especial de pago, los intereses y las sanciones actualizadas se reducirán en un cuarenta por ciento (40%).

Cormacarena hace un llamado a los contribuyentes que se encuentren en cualquiera de los casos mencionados anteriormente, para que se dirijan al Grupo Rentas ubicada en la sede principal de la Corporación, ubicada en el Barrio san Benito de Villavicencio,   y regularicen su situación efectuando el pago total de las obligaciones  e intereses de mora o suscribiendo una facilidad de pago que puede abarcar hasta el 29 de octubre de 2017.